El posible impacto del impuesto de gases fluorados sobre la hostelería

Los nuevos equipos de refrigeración pueden ver incrementado su precio hasta un 10%
Impuesto gases flourados

El actual gobierno ha introducido, entre las enmiendas a la nueva Ley de Transparencia, un proyecto de ley de reforma del impuesto de gases fluorados. Esto podría implicar un nuevo impuesto a los nuevos aparatos de refrigeración, aire acondicionado y electrodomésticos.

¿Qué son los gases fluorados?. Son los gases que permiten que una instalación se mantenga a una temperatura determinada. Uno de los usos más comunes es en sistemas de refrigeración, aires acondicionados  y  bombas de calor. Comenzaron a usarse en los años 90 como sustitutos de los gases que afectaban a la capa de Ozono. El gran inconveniente de los gases fluorados es que tienen un gran impacto sobre el calentamiento atmosférico, agravando el efecto invernadero y consecuente cambio climático.

 

Regulación del Impuesto de gases fluorados.

Estos gases están regulados por la Ley 16/2013, en vigor desde 2014, en la que se establece un impuesto que penaliza la emisión a la atmósfera de gases fluorados de efecto invernadero, con una serie de exenciones que se han visto afectadas con el nuevo anteproyecto de Ley del Impuesto de gases fluorados. del 13 de diciembre de 2021.

El impuesto pasaría en la nueva redacción a gravar toda la entrada de gas fluorado en España, aplicándose a la fabricación e importación de nuevos equipos y sistemas de refrigeración y aire acondicionado, bombas de calor, y electrodomésticos, entre otros, que hasta ahora se encontraban exentos.

La reforma del impuesto, motivada por la necesidad de simplificar la gestión tributaria además de luchar contra el efecto invernadero, ha generado gran revuelo en los sectores afectados, y un colectivo de asociaciones empresariales ha presentado diversas alegaciones al anteproyecto.

 

Estimación de impacto sobre los precios

Según los cálculos de las asociaciones del sector, se estima un impacto sobre los precios de los equipos e instalaciones nuevas entre un 5 y 10%,  dependiendo del sistema de refrigeración o aire acondicionado considerado. Este incremento repercutiría en muchos sectores de la economía, pero sobre todo en los hogares, el pequeño comercio, la hostelería, la industria y la distribución alimentaria.

Desde Mab Hostelero advierten que  “con la introducción del impuesto como una enmienda a la Ley de Transparencia, que se encontraba ya en trámite, el Gobierno pretende aprobarlo de urgencia para que entre en vigor en septiembre. Se eluden así los trámites que tendría el impuesto si se continuara el proyecto de ley, y se elude el debate parlamentario de sus diferentes artículos o apartados.”

También indican que los gases fluorados ya están muy regulados, con un estricto control de su comercialización, por el reglamento europeo 517/2014,. Además la Comisión Europea ha propuesto más estrictas limitaciones en una inminente revisión del reglamento, en la que se empezaría a cobrar una tasa a los derechos de importación de gas fluorado, lo que se sumaría al impuesto español como una doble imposición. 

España es uno de los pocos países en la Unión Europea que tiene un impuesto sobre la emisión de los gases fluorados y los detractores de la reforma de la ley alegan que la extensión del impuesto, a la fabricación o importación de equipos precargados y a la primera carga de refrigerante en instalaciones nuevas, supone una desventaja competitiva frente a otros países comunitarios que se limitan a seguir el reglamento de la Unión Europea o que gravan sólo las emisiones reales excluyendo del impuesto a los equipos e instalaciones nuevas.

Desde FELAC (Federación Española de Asociaciones de Fabricantes de Maquinaria para Hostelería, Colectividades e Industrias Afines)

apuntan que el Libro blanco sobre la reforma fiscal en España destaca que este impuesto “no cumple en su diseño con la finalidad propia del impuesto, ya que los gases por los que se tributa son insustituibles desde el punto de vista tecnológico y, por lo tanto, suponen directamente un impuesto a la actividad de nuestro sector”. También incide en que grava “un consumo sin que el operador tenga alternativa de sustitución ni de mejora de la eficiencia, y debería ser objeto de revisión”, y que este tipo de impuestos “funcionan mejor en el caso en el que están armonizados a nivel europeo, al reducirse el riesgo de fraude”.

 

Fuentes: MabhosteleroFELAC, TecnoHotel